BIEN JODIDOS!!!

Soy idiota por “la gracia” de dios. ¡qué gracia!

Si me engañan una vez y les vuelvo a apoyar………soy idiota.

Si me engañan dos veces y les vuelvo a apoyar………soy bidiota.

Si me engañan tres veces y les vuelvo a apoyar………soy tridiota.

Si me engañan cuatro veces y les vuelvo a apoyar………soy ...............

Asi hasta el infinito............................................porque sigo apoyándoles.

sábado, 26 de julio de 2014

ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES


En las organizaciones legalizadas, suele haber unos estatutos, que son como los mandamientos de la organización. Se supone que las personas, animales y cosas que pertenecen a la organización, deben conocerlos y respetarlos.
Los gobiernos también aprueban estatutos, pero sólo para los currelas pringaos. Por eso a estos estatutos, se les conoce con el nombre de:
Estan-tontos los traba-joderos.

Algunos de los artículos de este estatuto son estos:



Patuculo 1. Ámbito de aplicación de la pomada.


La presente pomada será de aplicación a los traba-joderos que voluntariamente se presten como esclavos.
Serán empre-saurios todas las personas, animales o cosas que exploten, denigren, puteen, sancionen y despidan traba-joderos.
A tales efectos se entenderá excluida del ámbito laboral cualquier persona que nos de la gana.
La legislación y explotación laboral española será de aplicación al trabajo que presten los traba-joderos explotados y despedidos. Dichos traba-joderos tendrán, al menos, un bote de pomada que les corresponderá por ser jodidos a diario en el trabajo.


Patuculo 2. Relaciones labio-orales y sexuales de carácter especial.


Se considerarán relaciones labio-orales y sexuales de carácter especial:
La del personal de alta explotación.
La del servicio en el trabajo.
La de los penados que dan pena.
La de los lameculos profesionales.
La de los artistas en espectáculos de trepa y chivateo.
Cualquier otro trabajo sexual o denigrante que sea expresamente declarado como relación labio-oral de carácter especial.
En todos los supuestos señalados en el apartado anterior, en la regulación de dichas relaciones labio-orales, NUNCA se respetarán los derechos básicos reconocidos por la Prostitución.


Patuculo 3. Fuentes de la relación labio-oral.


Las obligaciones concernientes a la relación labio-oral se regulan:
Por la voluntad del que manda, manifestada cuando le de la gana, y siempre pueden establecerse en perjuicio del trabajador condiciones menos favorables o contrarias a las disposiciones legales y convenios colectivos.
Los usos y costumbres, como el peloteo, chivatazos, trepar, enchufismo, obediencia y sumisión se aplicarán siempre.

Patuculo 4. Derechos.


No es lo mismo derechos humanos, que humanos derechos.
No tienen derecho al trabajo seguro, ni a la dignidad.
No tienen derecho a la libre elección de profesión u oficio.
No tienen derecho a afiliarse a sindicatos que exijan derechos y denuncien injusticias.
No tienen derecho a la negociación colectiva.
No tienen derecho de huelga.
No tienen derecho de reunión.
No tienen derecho de manifestación.
No tienen derecho de información, consulta y participación en la empresa.
No tienen derecho a formación.
Los traba-joderos no tienen ningún derecho”.


Patuculo 5. Elecciones, quejas y falta de memoria.


ESTO LES HARÁN, NO SE QUEJARÁN Y AL MISMO VOTARÁN.
Tienen que acostumbrarse:
A que les despidan sin motivo.
A que no les promocionen.
A ser discriminados por razones de sexo, estado civil, edad, origen racial o étnico, condición social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación sexual, discapacidad, afiliación sindical, política, por razón de lengua (depende como se utilice), etc.
Los traba-joderos no tienen derecho a su integridad física y tampoco a una adecuada política de seguridad e higiene.
Los traba-joderos no tienen derecho al respeto de su intimidad y tampoco a la consideración debida a su dignidad,
Los traba-joderos no tienen derecho a la percepción puntual de la remuneración pactada o legalmente establecida.
Los traba-joderos no tienen derecho al ejercicio individual de las acciones derivadas de su contrato de trabajo.
Los traba-joderos no tienen ningún derecho”.


Patuculo 6. Deberes.


Los traba-joderos tienen como deberes básicos:
Cumplir con todo lo que les manden, aunque sea denigrante.
No denunciar si se incumplen los convenios, las leyes o las medidas de seguridad e higiene.
Contribuir a la mejora de la explotación.


Patuculo 7. Populacho.


Definición:
El populacho, llamado también ciudadanos esclavos, se definen como votontos compulsivos y por tanto engañados y robados.
El populacho se propone:
  • No participar en asambleas, ni aportar ideas.
  • Practicar la insolidaridad.
  • Dejar en manos de otros las decisiones.
  • La promoción de cualquier forma de explotación y de opresión.
  • No quejarse ante las injusticias y criticar a quien las denuncie.
  • La destrucción del medio ambiente y del otro medio también.
  • No discutir jamás las decisiones de los que las toman.
  • Votar a mentirosos y corruptos.
Y le dijo la inteligencia al ser humano:
¿por qué me has abandonado?


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Me he encontrado unos condones para usar cuando te joden en el trabajo. Como se da por hecho que te van a joder, desde un sindicato, te dan el consejo para que te protejas. Me ha gustado tanto que me voy a enterar quien ese sindicato tan cachondo. Si alguno lo conoce, espero que me informe.